¿Cuánto desgrava el alquiler de un piso en Madrid?

¿Cuánto desgrava el alquiler de un poso en Madrid? Ya que para muchas personas la deducción por alquiler en la declaración fiscal, es decir, la declaración de la renta se ha convertido en una verdadera tabla de salvación para disminuir el monto, pues realmente es posible desgravar parte del diento cuando se paga alquiler de una vivienda.

 

Dicha deducción está dividida en dos partes, una deducción estatal y otra aplicable en cada Comunidad Autónoma.

No todas las personas pueden deducir este concepto en el tramo estatal, pero si pueden hacer deducciones individuales mediante las Comunidades autónomas; de acuerdo con la agencia tributaria, el alquiler estará sujeto a deducción siempre y cuando constituya la vivienda habitual del contribuyente.

¿Quién puede desgravar el alquiler de un piso?

El hecho de vivir alquilado no quiere decir que se pueda incluir el coste en el pago de la renta, pues existen ciertas condiciones que se deben cumplir ciertas condiciones para poder desgravar el alquiler de una vivienda.

Para poder hacerlo es importante figurar en el contrato de alquiler, pues solo el que o haya firmado podrá desgravar; uno de los casos más comunes son las parejas, en donde solo el que aparece firmando el contrato puede desgravar el alquiler, mientras que la otra persona no, por no estar en dicho contrato.

En el caso de que en el contrato de alquiler parezcan muchas personas, cada una de ellas podrá desgravar el monto, solo por la cuota que le corresponde pagar, es decir, el importe del total del alquiler deberá ser dividido entre en el número de personas que figuran en el contrato y solo se podrá declarar el monto de dicha porción.

De acuerdo con la legislación la deducción estatal también presenta ciertas condiciones, debido a la reforma que entro en vigor en el año 2015, hacienda determina que la deducción estatal d por el alquiler solo será efectiva siempre y cuando el contrato marco se haya firmado antes del 1 de enero de 2015.

Ejemplo de quien puede desgravar el alquiler estatal según la reforma fiscal

  • Cuando la vivienda fue alquilada antes de 2015, por ejemplo, en 2013, se podrá seguir desgravando por ella como se hacía habitualmente, incluso si se ha firmado un nuevo contrato después de 2015 sobre la misma vivienda por motivos de actualización, se podrá continuar desgravando el alquiler.
  • Si el contrato de alquiler de arrendamiento fue firmado posterior al 1 de enero de 2015, no se podrá desgravar el monto en el tramo estatal, sin importar los ingresos ni la condición del arrendatario.

Deducción por arrendamiento del tramo estatal

La deducción del tramo estatal se refiere a la que se aplica en todo el territorio español, dicho tramo incluye una deducción del 10,05 % de las cantidades satisfechas por concepto de alquiler, siempre y cuando la base imponible sea inferior a 24.107,20 Euros.

Este resultado viene de la suma del salario bruto y los rendimientos dinerarios (el rendimiento de depósitos y otros productos) además de incluir deducciones como las cuotas sindicales, colegios de profesionales, entre otros.

Las personas cuya base imponible sea superior a 24.107,20 Euros, que supone ingresos aproximados de hasta 30.000 Euros, no podrán acceder a esta deducción. La base máxima de deducción es de 9.040 Euros, lo que supone 906 Euros aproximadamente en el mejor de los casos.

Esos 9.040 Euros son el referente máximo sobre la que se puede desgravar, debido a que todo aporte que supere este límite no tendrá derecho a deducción.

Deducciones autonómicas por vivir en alquiler

Independientemente del hecho que se pueda realizar una deducción estatal, cada Comunidad Autónoma establece sus propias deducciones impositivas, las cuales pueden sumarse a las deducciones estatales.

Las restricciones para poder desgravar el alquiler en el tramo estatal, hacen que está sea la verdadera deducción por arrendamiento.

En todos los casos siempre se solicitará que se deposite la fianza del arrendamiento en el Instituto Autónomo de la Vivienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley de Arrendamiento Urbano.

De igual manera, también será necesario identificar plenamente al arrendador del piso; pues para poder gozar del beneficio de deducción por alquiler, el arrendador deberá depositar dicha fianza, pues si no se cumple con este requisito, hacienda determinará que la deducción es indebida y ejercerá reclamo.

Deducción por alquiler de piso en la Comunidad Autónoma de Madrid

La Comunidad Autónoma de Madrid establece que se puede deducir el 30 % del alquiler con un límite máximo de 1.000 Euros, siempre y cuando la persona sea menor de 35 años y tenga una renta inferior a los 25.260 Euros individuales y 36.200 conjuntos, en donde el alquiler represente más del 10 % de la base imponible.

Los ingresos totales de la unidad familiar no podrán superar los 60.000 Euros, la deducción se ampliará a personas mayores de 35 años pero que sean menores de 40 que:

  • Por lo menos hayan estado 183 días en situación del desempleo
  • Que tenga cargas familiares.

Para aplicar a la deducción, se debe acreditar el depósito de la fianza correspondiente al monto del alquiler en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid, la cual debe formalizar el propietario del inmueble, donde también deberá constar el NIF del arrendador.

Requisitos para deducir el alquiler en la declaración de renta si el piso se encuentra en la Comunidad de Madrid

La fianza producto del contrato de alquiler debe estar depositada

La mayoría de los propietarios se saltan este paso y se quedan con el monto de la fianza, sin embargo, existe la obligación legal de depositar el monto de la fianza, producto de los contratos de arrendamiento en el departamento de vivienda de cada comunidad autónoma habilitado para tal efecto; en el caso de la Comunidad de Madrid, se hace en la Agencia Social de Vivienda.

Por ello, es importante que el arrendatario se asegure que el casero haya realizado el depósito de la fianza en dicha agencia, pues caso contrario no se podrá solicitar la deducción.

Se puede acreditar mediante una copia del resguardo de depósito o poseer una copia de la denuncia presentada ante el organismo competente, en el caso de que el propietario se haya negado a entregar la copia del resguardo.

Comprobar que no se superan los límites de patrimonio anual

Es requisito para poder optar a desgravar los gastos ocasionados por un contrato de alquiler, que la renta anual no supere los 25.620 Euros o los 36.200 Euros en caso que la declaración de renta sea conjunta con el cónyuge.

Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Al momento de que el contribuyente manifieste la intención de aplicar la deducción autonómica, deberá haber liquidado este impuesto, el cual se deriva del arrendamiento de la vivienda, salvo que no se encuentre obligado a presentar autoliquidación por aplicación de la bonificación que se encuentra prevista en la Ley.

De igual manera en el momento en que el contribuyente quiera aplicar la deducción debe haber liquidado previamente el impuesto TPO fijándose en:

  • La finalización del plazo de declaración.
  • El momento en el cual sea solicitado por el contribuyente la rectificación de una declaración previa, en la cual no hubiera incluido la citada deducción.
  • El momento en el que la Administración Tributaria el procedimiento de comprobación de una declaración en la cual no se haya incluido la deducción por pago de alquiler.

Beneficios fiscales si eres residente de la Comunidad de Madrid

Se puede aplicarla deducción en el Impuesto sobre la Renta, cuando el arrendatario sea menor de 35 años, la cual será del 30 % de la cantidad que se destina para efectos de alquiler, hasta un máximo de 1.000 Euros anuales.

Por ejemplo, en un alquiler medio de 500 Euros, se podría deducir el importe aproximado de dos mensualidades.

En caso de estar en situación de desempleo y con al menos 2 cargas familiares, también es posible aplicar esta deducción, siempre cuando la persona sea menor de 40 años.

De igual manera, es importante señalar que las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual, deberá superar el 20 % de la base imponible general y de ahorro del contribuyente.

La Comunidad de Madrid fue la primera en aprobar una deducción del IRPF que beneficia a las rentas bajas, a partir del año 2018, en el primer tramo con base liquidable de hasta 12.450 Euros, se ha aplicado una escala autonómica de 9 %, comparada con el 9,5 % establecida en la escala del estado.

Condiciones de Ley para la aplicación de deducciones fiscales por pago de alquiler de vivienda

Contribuyente

La suma de la base imponible en líneas generales y del ahorro del contribuye tendrá las siguientes condiciones:

  • El monto no podrá superar los 25.620 Euros en tributación individual.
  • El monto no podrá superar los 36.200 Euros en tributación conyugal.

Unidad familiar

Se refiere a la suma de las bases imponibles generales y de ahorro de todos los miembros que componen la unidad familiar de al que el contribuyente forme arte, la cual no podrá ser superior a 60.000 Euros. La aplicación tiene las siguientes reglas:

  • Cuando se trata de una unidad familiar conyugal, se deberán agregar las bases imponibles de cada uno de los miembros de la unidad integrados en la misma, con independencia que elijan o no el régimen de tributación conjunta y de que estén en la obligatoriedad o no a presentar declaración.
  • La base imponible para cada cónyuge será la correspondiente a ambos más las de los hijos comunes o no, que convivan en el matrimonio (menores de edad o mayores incapacitados que estén sujetos a patria potestad prorrogada).
  • En el caso de tributación conjunta, la base imponible será la que se tendrá en cuenta a efectos del límite fijado.
  • En el caso de que se trate de una unidad familiar monoparental o no conyugal, se deberán agregar exclusivamente las bases imponibles de los miembros de dicha unidad que en teoría corresponda a cada contribuyente, de acuerdo con lo que dispone la Ley del IRPF en su artículo 82.1. el cual determina que el propio contribuyente y los hijos de este que convivan con él con independencia de que se opte o no por tributar por el régimen de tributación conjunta y de que puedan estar o no obligados a presentar declaración.

Procedimiento para deducir el alquiler de un piso en el IRPF

Si se cumplen con los requisitos necesarios para desgravar el monto del alquiler de un piso, el procedimiento a seguir para solicitarlo es el siguiente:

  • Iniciar el acceso del borrador de la Declaración de impuesto, ingresando a la página web oficial de la Agencia de tributos; dentro del portal se debe acceder al borrador que se encuentra en el apartado de “Deducciones Autonómicas”, que está en el resumen de las declaraciones.
  • Dirigirse a la página 46 del Anexo B que se refiere al borrador de la renta, donde se podrá observar la relación de las deducciones de todas las comunidades autónomas; una vez allí, se buscará la Comunidad Autónoma de Madrid, donde se observaran las casillas para incluir la información necearía para realizar la declaración.
  • Se introduce la información, la cual deberá incluir el importe que se ha pagado en el último año de alquiler; y el DNI del arrendador.
  • Una vez que se introducen los datos se deben verificar que los mismos estén correctos.
  • A continuación, el sistema mostrará la cantidad a pagar, la cual debe haber cambiado y será menor que la del resumen del borrador.
  • En el caso de tener que desgravar más importes, se deberá continuar con el proceso hasta finalizar toda la información restante y así poder seleccionar la opción “Confirmar borrador”.

Comparativa de deducciones con otras comunidades autonómicas

Sin lugar a dudas, la Comunidad de Madrid es la que tiene la cuantía más alta en deducción por alquiler para jóvenes de toda España, llegando incluso hasta los 1.000 euros; comparándolo con otras comunidades, por ejemplo, la Comunidad Valenciana ofrece 550 euros y la de Castilla-La Mancha 450 Euros.

Caso contrario las regiones de Murcia y Aragón no tienen beneficios fiscales autonómicos por el pago de alquiler, existen algunos casos vinculados a operaciones de dación de pago en circunstancias muy puntuales.

Buscar

diciembre 2024

  • L
  • M
  • X
  • J
  • V
  • S
  • D
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • 12
  • 13
  • 14
  • 15
  • 16
  • 17
  • 18
  • 19
  • 20
  • 21
  • 22
  • 23
  • 24
  • 25
  • 26
  • 27
  • 28
  • 29
  • 30
  • 31

enero 2025

  • L
  • M
  • X
  • J
  • V
  • S
  • D
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • 12
  • 13
  • 14
  • 15
  • 16
  • 17
  • 18
  • 19
  • 20
  • 21
  • 22
  • 23
  • 24
  • 25
  • 26
  • 27
  • 28
  • 29
  • 30
  • 31
Habitaciones
Precio
Comodidades
Facilidades

Comparar listados

Comparar