Documentos necesarios para alquilar un piso en Madrid

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Conoce cuáles son los documentos necesarios para alquilar un piso en Madrid ya sea que seamos una persona que esté buscando una vivienda para alquilar en Madrid o seamos un propietario que está buscando la manera de poner en alquiler su piso.

Por ello es importante que tengamos claro que existen una serie de requisitos relacionados con los alquileres de viviendas que son indispensables para asegurar que, en el momento en que se lleve a cabo el acuerdo entre ambas partes por el alquiler de una vivienda, todo se haga respetando las leyes y que ninguna persona salga perjudicada.

 

A continuación, vamos a hablar un poco sobre los documentos necesarios a la hora de querer hacernos con el alquiler de un piso.

Los documentos indispensables a la hora de alquilar una vivienda

En la gran mayoría de los casos, la persona que este alquilando una vivienda necesitara que se le entreguen algunos documentos para conocer y comprobar que el posible inquilino es quien dice ser y cuenta con una correcta solvencia económica.

En términos generales, los siguientes documentos son indispensables:

DNI, NIE o Pasaporte

La presentación de un documento personal es un requisito obligatorio a la hora de identificarnos y poder ser considerados como candidatos al alquiler de la vivienda. Dicho documento personal debe estar en vigor.

Por otro lado, los datos que aparezcan en el respectivo documento personal son los que terminaran apareciendo en el contrato; esto significa que debemos revisar que todo se haya escrito correctamente.

Ultimas nominas recibidas

Esto esta relación con el tema de verificar la documentación y situación financiera de un posible inquilino.

A pesar de que no es un documento que exija la ley, muchísimos arrendadores piden un nomina como una forma de verificar los ingresos de una persona; concretamente, suelen pedir las últimas tres nominas recibidas para así tener seguridad de que se podrá cubrir los pagos de cada mes, cubriéndose las espaldas y evitando que no ocurra un posible impago por parte del inquilino.

Contrato de trabajo

Este es otro tipo de documento que algunos inquilinos tendrán que presentar a la hora de firmar un contrato por el alquiler de un piso. No solo habrá que presentar las últimas tres nóminas, sino que también será necesario que presentemos nuestro contrato laboral.

Con esto los arrendadores podrán conocer cuál es nuestra situación laboral, saber si tenemos un trabajo temporal, indefinido, a tiempo parcial, etc. Es importante señalar que, en términos generales, se suele valorar más a los contratos que sean indefinidos o de funcionares que los contratos que sean temporales.

Los anteriores son los tres documentos básicos que podrían llegar a pedirnos a la hora de llevar a cabo el contrato para el alquiler de una vivienda.

Esto no quiere decir que esta lista sea universal, en algunos casos puede variar considerablemente en función de las necesidades del propietario o agencia inmobiliaria.

Otros documentos que pueden llegar a solicitarse a la hora de alquilar una vivienda

En caso de que hayamos llegado a un acuerdo con el propietario para firmar un contrato por el alquiler de la vivienda, es de suma importante que estemos al tanto de que será necesario hacer frente a algunos gastos adicionales antes de poder firmar el contrato.

Estos gastos están relacionados con las garantías que piden los arrendadores. A continuación, vamos a mencionar las más importantes y comunes que suelen solicitarse a los inquilinos.

Fianza

Para no complicarnos de forma innecesaria, la fianza no es más que una cantidad de dinero que equivale a una mensualidad de la renta.

Usualmente, si estamos hablando del alquiler de una vivienda la fianza corresponde a un mes de renta mientas que, si estamos hablando de un local, la fianza puede llegar a aumentar hasta un máximo de dos meses de renta. Esto es lo que queda recogido en las ultimas regulaciones del alquiler aprobadas en el año 2019.

El mes en curso

Como es lógico, se deberá hacer un abono relacionado con el mes que esta transcurrido en el momento en que llevemos a cabo el contrato de alquiler de la vivienda.

Aval Bancario

Cuando hablamos de un aval bancario, nos estamos refiriendo a un depositado por el inquilino a un banco como una forma de garantizar lo que viene siendo el pago del alquiler. El problema relacionado con esto es que lo avales bancarios traen consigo una serie de gastos adiciones que deben ser cubiertos por el inquilino.

Esto es así, principalmente, porque el banco cobra por un lado una comisión de apertura y por otro un mantenimiento cada tres meses.

A pesar de esto, debemos dejar claro que un aval bancario cuenta con la particularidad de tener un enorme valor para el propietario de la vivienda pues es una forma de que, en caso de que llegue a producirse un impago, este pueda acudir al banco y ejecutar de forma inmediata el aval para así cobrar la deuda pendiente.

Depósito de Garantía

Este es otro tipo de garantía que es pactada por las partes interesadas en el alquiler de una vivienda. Básicamente, existe para que el arrendador se asegure que se llevara a cabo el pago de la renta.

La diferente con, por ejemplo, el aval bancario es que, en el momento de hacer el depósito, es al propietario al que se le entrega la cantidad de dinero y, en el momento en que se finaliza el contrato de alquiler, se devuelve el dinero al inquilino.

Seguro de impago

El seguro de impago no es otra cosa que una garantía que entra en funcionamiento en caso de que, como su nombre lo indica, se produzca un impago por parte del inquilino; la aseguradora abonara al propietario la cantidad de dinero equivalente a una renta mensual.

Es importante destacar que, en estos casos, es el propietario quien contrata el seguro, pero es el inquilino el que se encarga de pagarlo.

La ventaja con este tipo de procesos es que, además de funcionar como una garantía en caso de que no se pague el mes de renta, también permite cubrir destrozos o daños que el inquilino haya llegado a ocasionar en la vivienda, así como la defensa jurídica en caso de que el problema llegue a escalar al punto de tener que recurrir a tribunales.

El punto positivo para el inquilino en todo esto es que solo necesita pagar la prima al seguro a diferencia de, por ejemplo, tener que contratar un aval bancario que, como ya hemos mencionado anteriormente, requiere mucho más dinero al tener que pagar la apertura y el mantenimiento cada tres meses.

Requisitos para alquilar una vivienda en España en caso de ser un extranjero

En el caso de que seamos extranjeros y queramos alquilar una casa en España, simplemente debemos estar al tanto de que los requisitos para esto son prácticamente los mismos que en el caso de un español.

La fianza seguirá siendo un requisito obligatorio, se nos solicitará la necesaria información económica y laboral, etc. Ahora bien, algunos requisitos si presenten un ligero cambio.

NIE

Para alquilar una vivienda en España (concretamente en Madrid), es obligatorio que se cuente con el Numero de Identidad de Extranjero (NIE). Esto es el equivalente al DNI. En caso de que en el piso a alquilar vivan varios extranjeros, será necesario que se presente un NIE por cada uno de ellos.

Contrato de trabajos o una certificación de estudios

AL momento de solicitar un arrendamiento, algunos propietarios de viviendas exigen que se les presente un contrato de trabajo o algún certificado de estudios.

Esto no es más que una forma de saber la persona que está dispuesta a firmar un contrato de alquiler cuenta con una forma de solvencia económica.

Contar con una cuenta bancaria en España

Este es un requisito que suelen pedir algunos arrendadores por el hecho de que es necesario pagar diferentes gastos más allá del contrato de alquiler. Los gastos más comunes suelen ser el servicio eléctrico, conexión a internet, gas, entre otros.

Requisitos que debe cumplir un propietario a la hora de alquilar una vivienda en Madrid

Para sorpresa de muchos, no solo las personas que estén buscando hacerse con el alquiler de una vivienda tiene que contar con una serie de documentos y garantías, los arrendadores también tienen que pasar por esto.

Sin embargo, os requisitos que tiene que presentar un propietario están mas relacionados con la vivienda en sí. A continuación, vamos a presentar los más importantes.

Título de propiedad

Este no es otra cosa que el documento que certifica que el piso que se busca poner en alquiler pertenece al propietario en cuestión. Esto es algo que se puede certificar de diferentes formas, por ejemplo, con el último recibo del Ibi o con las escrituras de la casa.

Cedula de habitabilidad

Este es uno de los requisitos obligatorios que hay que tener en el momento en el que se quiera poner en alquiler una vivienda.

Lo que hace la Cedula de Habitabilidad es confirmar que un piso cuenta con todas las condiciones técnicas necesarias para garantizar la habitabilidad de una persona en él, haciendo que efectivamente pueda ser alquilado.

Facturas de suministros

Si alguien está buscando poner en alquiler su vivienda, debe tener en cuenta que todos los suministros deben estar dados de alta. Además de esto, es necesario que todas las facturas del último mes se encuentren debidamente pagadas.

Con todo esto se busca que, una vez un nuevo inquilino entre a habitar la casa, este puede cambiar la titularidad de los recibos sin ningún tipo de problema.

Certificado de eficiencia energética

El certificado de eficiencia energética es otro de los documentos que todo propietario debe tener por obligación a la hora de querer poner en alquiler una vivienda.

Este se encarga de revelar el consumo eléctrico del inmueble, factor de suma importancia en los tiempos que corren, pues suele ser un punto al que los inquilinos le prestan muchísima atención.

Algunos detalles relacionados con la vivienda que debemos tener en cuenta antes de alquilar

Este es un aspecto muy importante que no esta tan relacionado con el tema de documentos o garantías sino con la vivienda en sí. Antes de alquilar es importante que nos cercioremos de que la vivienda cuenta con unas condiciones de calidad mínimas que permiten que sea habitada.

Una cosa que podemos hacer es solicitar el documento de Cedula de Habitabilidad con el cual se podrá comprobar que la vivienda cumple con unas condiciones mínimas y necesarias para poder vivir. Es importante que también nos aseguremos que no haya nada roto o en condiciones defectuosas.

Por otro lado, también es importante que nos aseguremos que el piso cuente con el certificado de eficiencia energética en vigor. Debemos dejar claro que si el piso no cuenta con este tipo de características tampoco es algo que deba preocuparnos de sobremanera.

En la actualidad, este tipo de certificados son prácticamente obligatorios, lo que significa que los propietarios no deberían tener ningún tipo de inconveniente en mostrarnos esta información si se la solicitamos. Como siempre es importante que revisemos las condiciones del contrato antes de firmas.

¿Qué hacer una vez se haya firmado el contrato?

Muchas personas creen que una vez se haya llevado a cabo la firma del contrato, podemos olvidarnos completamente de todo. La realidad, como siempre, es muy diferente. Es necesario que como nuevos inquilinos nos aseguremos de que algunos trámites se estén llevando a cabo.

Y una de las primeras cosas de las cuales debemos cerciorarnos es de que el propietario haya llevado a cabo el depósito de la fianza.

Como ya mencionamos, lo normal es que se pague uno o dos meses de fianza. Ahora bien, este es un dinero que en ningún momento debe quedárselo el propietario pues, por ley, está obligado a depositarlo en un organismo autonómico.

Por esta razón recomendamos encarecidamente que, una vez se haya firmado el contrato, nos aseguremos que dicha fianza ha sido depositada en el organismo correspondiente a la comunidad autónoma en que nos encontremos.

Todo esto para que estemos seguros de que nadie se adueñe de forma fraudulenta de este dinero que, a fin de cuentas, por todo lo que dure el contrato, se encuentra en un punto neutro entre el arrendador y el arrendatario.

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