¿Cuánto desgrava el alquiler de un piso en Madrid?

En este artículo vamos a tocar un tema muy interesante, y es que te vamos a explicar cuánto desgrava el alquiler de un piso en Madrid.

En este sentido, seguramente has escuchado hablar de una iniciativa en materia de impuestos que está indicada únicamente para habitantes que viven del alquiler en la Comunidad de Madrid. Esta, básicamente les permite deducir hasta 1.000€ en la renta a quienes tengan un alquiler de vivienda.

 

Partiendo de esta base, te invitamos a continuar leyendo este artículo, pues vamos a profundizar en dicho tema, y conocerás no quien puede desgravar el alquiler, sino que también, otros conceptos importantes relacionados. ¡Empecemos!

¿Quién puede desgravar el alquiler?

Es importante abrir el tema conociendo quién puede desgravar el alquiler, y en este sentido, la normativa nos señala que la deducción de impuestos en términos de alquiler se encuentra dirigida solamente para aquellos jóvenes menores a los 35 años que estén residiendo en la Comunidad de Madrid.

De esta manera, se establece una deducción de un 30 % del valor destinado al pago del alquiler para aquellos jóvenes que hayan recibido algunos ingresos iguales o menores a 25.620€ al año (o 36.200€ de tratarse de una renta conjunta). Por otra parte, la unidad familiar no deberá ser mayor a 60.000€ de base imponible.

Esta deducción no podrá rebasar los 1.000€ y se deberá cumplir con una serie de condiciones que van a permitir desgravar el importe que ya existe.

Requisitos para desgravar el alquiler en Madrid

Desgravar un alquiler es un beneficio que se encuentra sujeto a una serie de requisitos que deben de cumplirse en todos los casos para poder hacerlo.

En ese sentido, son todos estos requisitos son sólo dos, y se encuentran relacionados con la fianza del contrato de alquiler de la propiedad junto al importe de la renta anual:

  • La renta anual no deberá superar la cantidad que establece la normativa, y para que puedas saber de manera exacta cual es el importa de esta renta, lo podrás comprobar a través de la web oficial de la Agencia Tributaria. A partir de esta base, deberás fijarte en el borrador de la declaración de la renta, y para ser exactos, en las casillas 435 y 460. El importe que aparece reflejado en estas casillas es el que hace referencia a la Base Imponible General, así como a la Base Imponible del Ahorro. Eso sí, la suma de ambos no deberá superar la renta anual que ya comentamos mencionábamos.
  • Por otra parte, la fianza del alquiler deberá estar abonada en el organismo que sea designado por la Comunidad de Madrid. De esta forma, dicha fianza del contrato de alquiler ha de haber sido depositada por parte del propietario del inmueble ante la Agencia Social de Vivienda de la Comunidad de Madrid, ya que, de lo contrario, la deducción no se va a ejecutar.

En todo caso, esto vamos a comentarlo con más detalle en los próximos puntos.

¿Cuál es el procedimiento para deducirlo?

Si hasta este momento cumples con todas las condiciones que se necesitan para desgravar el alquiler. Te estarás cuestionando cuál es el procedimiento para poder gestionarla deducción. Dicho esto, a continuación, te vamos a explicar todos los pasos a seguir en este trámite:

  1. En primer lugar, deberás iniciar el acceso en tu borrador de la Declaración dentro de la página web oficial de la Agencia Tributaria. Después que estés adentro en el portal online, podrás entrar al borrador en la sección de “Deducciones Autonómicas”, esto en el resumen de las declaraciones.
  2. En la página 46 del Anexo B en el borrador de la renta, vas a notar la relación de deducciones de cada una de las comunidades autónomas. Deberás ubicar la Comunidad de Madrid y allí, encontrarás las casillas para añadir toda la información necesaria.
  3. Deberás introducir la información, incluyendo el importe pagado en el último año de alquiler, así como el DNI del arrendador.
  4. Verifica que los datos sean correctos.
  5. Ya podrás ver que ha cambiado la cantidad a pagar, y ahora es menor en el resumen de tu borrador.
  6. En el caso que necesites desgravar más importes podrás continuar con el proceso hasta que lo hayas culminado, y después, seleccionar la opción de “Confirmar borrador”.

¿Cómo funcionan las deducciones del alquiler dentro de la Comunidad de Madrid?

Ya comentamos anteriormente que, en la Comunidad de Madrid el vivir en un alquiler acarrea una deducción bastante generosa, y es que con este beneficio te podrás ahorrar mucho dinero, y en próximos puntos vamos a entrar en detalles con todo lo que hemos comentado hasta ahora.

¿Cuánto te puedes deducir del alquiler de tu vivienda habitual?

Con esta deducción por alquiler de vivienda habitual en la Comunidad de Madrid, el porcentaje del total pagado por el alquiler puede ser de hasta un 30%, presentando así un máximo de 1.000€.

Y para que quede claro, colocamos el siguiente ejemplo:

En el caso de que pagues al año alrededor de 4.500€ de alquiler, que son al mes, 375€. En este sentido, el 30 % de toda la cantidad será de 1.350€, por tanto, con deducción, el beneficio será de 1.000€, que es el máximo.

Caso contrario sucede si, pagas 3.000€ por el alquiler al año, que serían unos 250€ al mes, por lo que el beneficio del 30 % sería de 900€.

¿Qué condiciones se deben cumplir?

Anteriormente ya mencionamos algunos de los requisitos se requieren en este aspecto, y a continuación, profundizamos más en ellos:

  • Debes ser menor de 35 años de edad. Por el contrario, estar en un rango de edad entre los 35 y 40 años, además de estar sin empleo y tener cargas familiares.
  • Al año, de es de ganar un mínimo de 25.620€ si haces la declaración de forma individual o, hasta los 36.200€ en el caso de que tributes conjuntamente. De igual manera, la suma de toda la unidad familiar deberá ser menor a los 60.000€.
  • Debes de haber hecho el pago del alquiler de al menos, el 20 % del total que hayas generado ese año.
  • Debes contar con una copia del resguardo del depósito de la fianza que haya hecho si arrendador en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Si por alguna razón, tu casero no ha hecho este trámite, podrás exigirlo por derecho.
  • Por último, deberás presentar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Madrid, que se conoce como ITP. Dicho impuesto está exento de pago desde el 6 de marzo del 2019, pero, igualmente se necesita presentar ante la Agencia Tributaria.

¿Existen ayudas para menores de 35 años?

Son varias las ayudas que el Estado coloca a disposición del contribuyente. Pero, a pesar de ser muchas, te comentaremos cuales son las más destacadas:

Bono alquiler joven:

Se trata de una ayuda de 250€ al mes para el pago del alquiler y, que depende únicamente de las condiciones que se establezcan en las diferentes Comunidades Autónomas.

Plan Estatal de Vivienda 2022 – 2025:

Este es un plan que tiene el objetivo de fomentar el alquiler, así como ayudar a los desahuciados y jóvenes para que puedan acceder a una vivienda, ser una ayuda para el medio ambiente debido a la eficiencia energética y sostenibilidad de los inmuebles y de esta manera mejorar la accesibilidad a las viviendas.

¿Que se necesita para solicitar la deducción por alquiler en la Declaración?

En este apartado debemos diferenciar la deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual de las deducciones autonómicas por el alquiler que tienen la mayoría de las comunidades.

Para la deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual son tres los requisitos fundamentales:

  • Tener el contrato de alquiler con anterioridad a 1 de enero del 2015.
  • Tener una base imponible menor a los 24.107,20€.
  • Haber tenido derecho a la deducción por otros años.

En ese sentido, la cuantía máxima de dicha deducción es de 9.400€ anuales y para aplicarnos dicha deducción estatal, debemos, primeramente, verificar debidamente que los “datos identificativos” sean los correctos y no tengan error alguno.

La deducción aplicada va a salir en las casillas 562 y 563. Asimismo, otras casillas a tener en cuenta son la 719, en la cual hay que incluir los importes satisfechos al propietario 1 y su NIF; en la casilla 720 lo satisfecho al propietario 1 y, en la casilla 721 va a aparecer el importe específico de la deducción por el alquiler de la vivienda habitual.

Por otra parte, y, con respecto a la deducción autonómica por alquiler de la Comunidad de Madrid, es específicamente la casilla 1043.

Además, tendrás que aceptar los datos de identificación previamente, así como incluir los importes y NIF satisfechos al propietario (arrendador).

Comparación con otras deducciones autonómicas por el alquiler

Con toda la información que hemos revisado hasta ahora, la Comunidad de Madrid es claramente, la que ofrece la deducción por el alquiler para jóvenes, con la cuantía más alta de toda España, llegando a los 1.000€.

Para que puedas hacer la comparación, la Comunidad Valenciana ofrece 550€ y 450€ de la Comunidad de CastillaLa Mancha, que en este caso puede llegar incluso, a los 612€ en el caso de municipios con poca población.

Por el contrario, ni en el caso de la Región de Murcia ni Aragón disponen de todos estos beneficios fiscales autonómicos por vivir en alquiler, o solamente de manera exclusiva para algunos casos específicos relacionados con operaciones determinadas de dación en pago.

Ventajas fiscales por el alquiler en Madrid

Ahora que hemos comentado gran cantidad de información importante, te vamos a comentar cuales son las ventajas fiscales que ofrece la Comunidad de Madrid para el alquiler de una vivienda

En este sentido, es importante destacar el papel del Gobierno regional, el cual incluye en el IRPF un tipo de deducción de un 30 % por alquiler de vivienda habitual que es efectuado por personas menores de 40 años en caso de que, durante el período impositivo han estado bajo una situación de desempleo y han resistido cargas familiares:

  • El límite máximo es de 1.000€, mientras que anteriormente era de 840€.
  • Las cantidades que son abonadas por el arrendamiento de la habitual deben de ser mayor al 20 % de la base imponible, así como del ahorro por parte del contribuyente.
  • Se exige un afianza en el Instituto de la Vivienda.
  • La suma de la base imponible general, junto con la del ahorro no podrá ser superior a los 25.620€ en la tributación individual o, a 36.200€ en la tributación conjunta.
  • Partiendo de lo que comentamos en le punto anterior, la suma de las bases imponibles de cada uno de los miembros de la unidad familiar de la cual, pueda formar parte el contribuyente, como ya comentamos, no puede ser mayor a los 60.000€.

Tipos de Transmisiones Patrimoniales Onerosas

En este punto abrimos un pequeño paréntesis, pues existe una bonificación de hasta el 100 % para el arrendamiento de vivienda que no sea destinada al ejercicio de alguna actividad económica, así como siempre y cuando se esté bajo la posesión de una copia del resguardo del depósito de la correspondiente fianza.

En ese sentido, el importe del alquiler no podrá ser mayor a los 15.000€ al año. En caso de que se tiene un derecho a dicha bonificación no se tiene la obligación de presentar dicho Impuesto, sólo hay una excepción, y es que el bien deba ser un objeto de inscripción en algún registro público.

Todos estos son los beneficios fiscales que conlleva el alquiler de una propiedad en Madrid, y como ya destacamos anteriormente, el poder desgravar un alquiler es una gran ayuda para conseguir un ahorro importante.

Eso sí, es importante que, a la hora de optar por este proceso, compruebes que no haya error alguno en los documentos a presentar, y partiendo de la base que todo está en orden, esta es una ayuda del Estado con muchos beneficios y oportunidades que hay en la Comunidad de Madrid actualmente.

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