¿Cuánto se paga a Hacienda por alquilar un piso en Madrid?

Aprende cuánto se paga a Hacienda por alquilar un piso en Madrid, ya que todos los propietarios de inmuebles en régimen de alquiler deben informar del importe percibido ya que estos ingresos se consideran rendimientos del capital inmobiliario.

 

Los apartamentos de alquiler deben incluirse en la declaración de rentas. Alquilar un piso implica pasar por varios trámites con el objetivo de legalizar el alquiler para evitar cualquier tipo de problema legal, especialmente con el Ministerio de Hacienda.

Para evitar que esto suceda, necesitas saber cuánto tienes que pagar de impuestos por alquilar un piso y cuáles son tus obligaciones fiscales.

Ya sea que esté alquilando tu vivienda por primera vez o lo haya hecho antes, todos tenemos preocupaciones fiscales cuando declaramos el alquiler a Hacienda.

¿Qué tipos de impuestos afectan a las propiedades de alquiler? ¿Existen ventajas fiscales o incentivos para alquilar un apartamento? En este artículo, te ayudaremos a resolver todas estas preguntas.

¿Cómo incluir una propiedad en alquiler en la Renta?

Todo propietario que posee una propiedad en alquiler está obligado a incluir los ingresos que recibe en la declaración de la Renta. Los gastos de vivienda se deducen de los ingresos percibidos, con una reducción del 60 % en concepto de alquiler.

Si el alquiler se utiliza para fines comerciales, la reducción no se aplica. El importe resultante se integra en la base imponible general junto con la renta del contribuyente.

Es importante distinguir entre alquileres residenciales regulares y alquileres vacacionales ya que las circunstancias son muy diferentes.

¿Cuánto tienes que pagar a Hacienda por alquilar un piso?

La principal duda para los propietarios es cómo se incluye la renta del alquiler en el IRPF, qué campos hay que rellenar y cuánto hay que pagar a Hacienda.

El primer paso es informar que tienes una vivienda alquilada, esta puede ser tu vivienda habitual u otra. Para ello se utilizarán los datos fiscales del Ministerio de Hacienda, que se incluirán en la columna correspondiente donde marque el inmueble como alquilado.

También se debe decir si se alquila para todo el año o solo para unos meses. Hacienda cobra por el número de días al año que no se alquila el inmueble, y como arrendador sólo se pueden deducir gastos los días que se alquila.

En tu declaración de Renta, tienes un cuadro para incluir todos los ingresos por alquiler menos cualquier gasto o tipo de descargo de responsabilidad.

Los gastos de vivienda deducibles deben incluirse en una sección separada. Estos son los más importantes:

Impuestos

Aquí puedes incluir gastos del inmueble alquilado, recargos e impuestos como el IBI, recogida de basura, limpieza, iluminación y más.

Gastos de comunidad

El Ministerio de Hacienda los denomina sumas percibidas por terceros por servicios personales. También puede considerar otros costos de construcción, como paisajismo, servicios de conserjería, administración, etc., así como los costos de ingeniería. Todos estos cargos deben ser pagados por el propietario, no por el inquilino.

Seguro de Hogar

Este es otro gasto deducible y puede ser una o varias coberturas, incluyendo seguro múltiple, responsabilidad civil, incendio, rotura de cristales, garantía de pago de alquiler, etc.

Pagos atrasados

Si un inquilino debe dinero durante varios meses, ese dinero puede incluirse en el gasto, siempre que no se hayan cobrado seis meses o más de alquiler. Cuando el inquilino haga el pago, debe computarse como ingreso en el año en que hizo el pago.

Intereses hipotecarios

Puede incluir los intereses y las tarifas que gana al cancelar su hipoteca antes de tiempo, pero no el monto total que debes al banco. El monto principal que ha pagado por el año no se puede deducir a los ingresos del alquiler.

Reparaciones a la propiedad en alquiler

Los propietarios pueden incluir los costos de mantenimiento y reparación en sus gastos de alquiler, se debe conocer bien estos conceptos ya que la ampliación o mejora de los bienes, la Hacienda no los toma en cuenta como gastos de mantenimiento o conservación.

Depreciación de la propiedad

Se puede deducir el 3 % del precio de compra de la propiedad o de su valor catastral, excluyendo el terreno. Puedes consultar estos datos en el IBI para incluirlos entre los gastos.

Depreciación de bienes muebles

Aquí se puede incluir menaje de casa, muebles, electrodomésticos, etc. Se podrá retener el 10 % de estos gastos.

Además de estos gastos deducibles, también puedes reclamar una deducción del 60 % de tus ingresos netos por alquiler. El paso final es incluir los ingresos por arrendamiento en la base general del IRPF y aplicar los intereses correspondientes a la clase de ingresos del Ministerio de Hacienda.

Calcular el IRPF por el alquiler de la vivienda

Para calcular el IRPF, necesitas saber cuál es tu ingreso por concepto de alquiler. Para ello, se deben deducir los beneficios mensuales de los ingresos para los gastos deducibles.

De esta manera, obtiene un ingreso neto por alquiler que es un 60 % deducible para las propiedades de alquiler utilizadas como residencia permanente.

Esta reducción no se aplica al alquiler de apartamentos turísticos, ya que la finalidad no es cubrir necesidades de vivienda permanente, sino necesidades temporales.

Por ello, es importante que al presentar la declaración se indique el tipo de uso del inmueble (arrendamiento de vivienda o local), si es urbano o rústico y si la persona es propietaria o usufructuaria.

Todo cuenta para la declaración y es conveniente informar correctamente, para optar por deducibles y evitar sanciones.

Declarar el alquiler al IRPF

Los ingresos por alquiler deben declararse al Ministerio de Hacienda. Y deben declararse como rentas del capital inmobiliario.

Los gastos deducibles deben restarse de los ingresos anuales de alquiler para determinar la cantidad que se debe declarar. Sobre esa cantidad, podrán aplicarse determinadas reducciones.

¿Cuánto te dará Hacienda por alquilar un piso?

Al alquilar la vivienda habitual, los propietarios pueden deducir el 60 % de la cantidad pagada, que es su ingreso neto por el alquiler del apartamento. Por ejemplo, si recibes 10.000 euros, solo necesitas rendir cuentas en hacienda por 4.000 euros.

Deducción del alquiler por obras de mejora de la eficiencia energética

Al realizar obras de mejora energética en tu inmueble de alquiler, Hacienda te permite recibir diversas deducciones en función de las actividades realizadas:

  • 20 % de deducción por mejoras que reduzcan las demandas de calefacción y refrigeración.
  • Las mejoras para reducir el consumo de energía primaria no renovable podrán estar sujetas a una deducción del 40 %.
  • 60 % de deducción por obras para la rehabilitación energética de edificios.

Reducción del 60 % por vivienda habitual

Los propietarios pueden reducir la cantidad entre ingresos y gastos en un 60 %. Sin embargo, en 2022, el gobierno aprobó una nueva ley de vivienda que la reduce al 50 %.

Por supuesto, esta parte se puede aumentar hasta en un 90 % para los propietarios que ofrecen reducciones de alquiler a los inquilinos o reducciones de alquiler a los inquilinos más jóvenes.

Quedaría así:

  • Bonificación del 50% si el precio del alquiler se reduce en un 5 %.
  • 70 % de bonificación al alquilar a jóvenes entre 18 y 35 años o al firmar un nuevo contrato con mejoras o rehabilitaciones.
  • 90 % de bonificación si se produce en áreas tensionadas (por determinar).

¿Qué impuestos tienes que pagar y que no tienes que pagar?

ITP y AJD

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) es un impuesto que afecta a algo más que la venta de viviendas existentes.

También está disponible para alquiler residencial. Sin embargo, su pago no corresponde al arrendador, sino al inquilino, pues en la ley tributaria se entiende como compra onerosa vivir de un alquiler.

Ya sea que el alquiler sea por meses o años, este impuesto solo se paga una vez y debe pagarse dentro de los 30 días posteriores a la firma del contrato. El pago se puede realizar con documento timbrado o documento de autoridad fiscal tipo 600.

La única excepción son los alquileres de empresas o profesionales que no tienen que pagar ITP.

IVA

Los alquileres de viviendas están exentos del impuesto al valor añadido (IVA), a menos que se presten servicios adicionales de las actividades hoteleras durante la estadía del inquilino. Por ejemplo, pisos donde se desarrollen actividades de alquiler turístico.

Los propietarios están exentos de pagar el IVA siempre que el alquiler se destine a la vivienda y no al negocio. En otras palabras, no tienen que cobrar el IVA en las facturas enviadas a los inquilinos.

IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles lo pagan los propietarios, es un impuesto que toda persona que posee uno o más inmuebles debe declarar a la Hacienda Pública y pagar un cierto porcentaje de su valor a la Tesorería Municipal del ayuntamiento donde se encuentra el inmueble, ya que es donde se recaudan los impuestos.

Al tratarse de un impuesto que grava cualquier tipo de inmueble (ya sea edificio, casa, garaje, residencia…), no se paga porque el hecho del que el piso esté alquilado, sino que se paga aunque la casa se destine a otro uso, es importante considerarlo como un gasto del propietario a la hora de alquilar un piso y calcular los precios que hay que fijar cada mes para que sea rentable.

Alquiler de vivienda a familiares

Alquilar un apartamento a un familiar no está exento de impuestos, y no importa si recibes muy poco o nada de alquiler.

A tal efecto, Hacienda ha creado las denominadas imputaciones de renta inmobiliaria, según el cual todas las viviendas que no sean tu residencia permanente o utilizada para el negocio devengan una renta nocional, que deberás incluir en tu cuenta del IRPF como rendimiento de capital de inmobiliario.

En concreto, estas imputaciones de renta no podrán ser inferiores al 2 % del valor catastral ni al 1,1 % del valor catastral revisado o modificado. Esta es la rentabilidad mínima que debe generar una vivienda, según entiende Hacienda.

Obligación de incluir el alquiler en la renta

Es obligatorio incluir el importe del alquiler recibido en la declaración de la renta. El no hacerlo constituye un fraude y serás sancionado por la Agencia Tributaria. Puede resultar en sanciones graves y multas con intereses.

Si resulta que la propiedad no ha registrado el alquiler, el contribuyente puede ser multado y la multa puede imponerse. Además, tendrás que pagar adiciones importantes que no se han pagado en ese momento.

Puede que algunos piensen de antemano que declarar un piso de alquiler puede restarle atractivo al negocio, pero lo cierto es que la falta de notificación a Hacienda puede acarrear una sanción de hasta el 150 % de la cantidad adeudada. Impuestos e incluso la posibilidad de que tengas que echar cuentas con la administración por tener pisos vacíos.

Conclusión

Algunos propietarios ven al Ministerio de Hacienda como un obstáculo para que sus viviendas ingresen al mercado de alquiler, por temor a pagar altos impuestos.

Sin embargo, esta es una preocupación injustificada, ya que aunque los propietarios están obligados a revelar los ingresos por alquiler, no siempre es costoso ya que se pueden aplicar varias deducciones, en algunos casos hasta el 100 %.

Los arrendamientos para una vivienda habitual siempre requieren la entrega de un contrato y, además, un depósito en la entidad regional correspondiente para que el arrendatario reciba créditos fiscales.

En cuanto a los impuestos, el propietario obtiene una serie de ingresos de su apartamento y tiene que hacer frente a una serie de gastos. Lo que le interesa a Hacienda es el resultado de deducir estos gastos de los ingresos.

Al sumar los gastos deducibles, simplemente los restas del ingreso neto, que suele ser el alquiler que paga el inquilino. El paso anterior nos dará la base imponible del alquiler, y además se pueden realizar varias deducciones en función de la edad del inquilino.

Si optas por alquilar a menores de 30 años, puedes aplicar una reducción de asignación del 100 % si se cumplen ciertos requisitos. Para los mayores de 30 años, la deducción tiene un tope del 60 %, lo que significa que solo paga el 40 % de tus ingresos.

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