Si tienes un piso alquilado puedes cambiar la titularidad de la electricidad, agua
Aprende como cambiar de titularidad los suministros de electricidad, agua, gas, telefonía, entre otros cuando alquiles o compres tu nueva vivienda- Ya que las viviendas cuando se compran o alquilan disponen de suministros de agua, electricidad, gas o teléfono, por lo que es importante tomar algunas decisiones respecto de las compañías que lo suministran, por esta razón, siempre debe plantearse la alternativa de realizar un cambio de titularidad del contrato de los suministros.
Como nuevos propietarios de un inmueble se precisa tener todo en orden, eso incluye que los servicios básicos deben estar a nombre de la persona que será el nuevo dueño del mismo, porque lo que es indispensable realizar ante las compañías respectivas el cambio de titular, para evitar inconvenientes a futuro con las compañías que prestan el servicio.
Este tipo de trámites se realizan de forma presencial en las oficinas de la compañía que presta el servicio, sin embargo, si existiera algún motivo por el cual no es posible desplazarse hasta ellas en horario de trabajo, el cambio puede realizarse vía telefónica.
De igual manera, es importante tener presente que el cambio de titular de un contrato de servicio solo se podrá realizarse cuando el mismo esté dado de alta.
Cambiar de titularidad en el contrato de suministro de luz
Cuando se cambia el titular del contrato de luz, también es posible ajustar la tarifa que mejor se adapte a las necesidades del hogar, pues cada núcleo familiar dispone de características específicas, las cuales pueden ser diferentes a las que tenían los antiguos dueños del inmueble.
Precio al cambio de titularidad y una vez que el servicio haya sido dado de alta, es importante decidir si se continua o no con la compañía que presta el servicio eléctrico; una vez tomada esta decisión, es conveniente realizar una estimación del consumo energético del hogar, tomando como referencia, el consumo de los aparatos y electrodomésticos y su tiempo de uso para estimar la potencia y escoger el plan que mejor se adapte a las necesidades y al presupuesto familiar.
En líneas generales, el cambio de titularidad del servicio de luz se hace efectivo de 15 a 20 días hábiles posterior a la entrega de los requisitos, no supone ningún coste adicional y se deben consignar en la empresa los siguientes documentos:
- El número de contrato del servicio que posee la vivienda y el Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS) que se encuentra en la factura, la cual debe suministrar el antiguo propietario del inmueble al momento de la firma del contrato de compra venta.
- Los datos personales completos del nuevo titular y del anterior.
- El plan de tarifa elegido donde determine la potencia contratada.
- La dirección exacta del punto de suministro del inmueble.
- Presentar el documento de compraventa o el contrato de alquiler.
- Los datos de la cuenta bancaria donde se va a domiciliar el pago del servicio.
Es importante recordar que le Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) se refiere al número de 20 dígitos que identifica la instalación de electricidad y gas natural del cliente.
¿Cuándo se debería cambiar la titularidad en el contrato de electricidad?
Son especificas las circunstancias por lo cual se debe cambiar el titular del contrato de electricidad de un inmueble en lugar de dar de baja el servicio.
Compraventa del inmueble
El nuevo propietario de la vivienda está en la obligación de tramitar el cambio de la titularidad del contrato de servicio, cuando no se ha producido la baja del servicio, para que figure como responsable legal ante la compañía que suministra el servicio.
Si la vivienda tiene suministro eléctrico se recomienda realizar un traspaso de titularidad sin subrogación, para librarse de cualquier tipo de deuda que pueda existir del dueño anterior, todo ello en el supuesto de que el nuevo propietario decida continuar con la misma compañía que le otorga el suministro eléctrico.
Para realizarlo el nuevo titular deberá presentar el documento de compraventa que lo acredita como el nuevo propietario del inmueble, adicionalmente debe suministrar los demás recaudos exigidos por la empresa como, por ejemplo: el Código Unificado del Punto de Suministro, la dirección exacta del inmueble, los datos personales del nuevo y del anterior propietario, entre otros.
Alquiler de la vivienda
Si el contrato lo específica, el arrendatario es quien debe correr con los gastos de energía, por ser un servicio individualizado. Es recomendable realizar el cambio de titularidad cuando se alquila un inmueble, para que el propietario quede liberado de las consecuencias que se puedan generar por impago del servicio por parte del inquilino.
La recomendación al propietario es solicitar una declaración que certifique que el servicio no presenta deuda para evitar problemas posteriores con el inquilino del inmueble.
Adicionalmente el inquilino tendrá la alternativa de realizar el cambio de potencia por una más económica, o por la compañía que considere que tiene las mejores tarifas del mercado, que no tiene que ser la misma compañía que suministraba el servicio en el inmueble.
En ocasiones los propietarios se niegan a realizar el cambio y no tienen presente que es un derecho del inquilino, el cual solo necesita tener el contrato de arrendamiento y los datos personales completos del dueño del inmueble para ejecutarlo. El inquilino podrá hacer el cambio de titularidad sin consentimiento presentando los siguientes documentos:
- Presentar el contrato de alquiler del inmueble.
- Suministrar sus datos personales y los datos personales del titular del contrato de luz.
- La dirección exacta del inmueble y el Código unificado del Punto de Suministro (CUPS).
- Podrá en el mismo trámite cambiar la tarifa de luz por aquella que mejor se adapte a sus necesidades.
Divorcio
El cónyuge que obtiene en sentencia firme el derecho a ocupar la vivienda conyugal debe tramitar el cambio de titular de los servicios de energía, pues en él o ella recae la responsabilidad del contrato de electricidad al ser quien va a permanecer en el punto de suministro.
La persona que antes figuraba como titular, quedará exenta de cualquier tipo de responsabilidad ante la compañía que suministra el servicio, para realizar el trámite, el cónyuge que va a permanecer ocupando el inmueble, deberá presentar ante la compañía eléctrica, la sentencia de divorcio en la que se le asigna el inmueble como vivienda principal, además de los datos básicos requeridos para realizar el cambio, como los datos personales del nuevo y del anterior titular, la dirección exacta, el CUPS, entre otros.
Fallecimiento del titular
En caso de requerir el cambio de titular por fallecimiento de la persona que ostentaba dicha titularidad, el familiar que suceda debe gestionar dicha modificación.
Para realizarlo el familiar o la persona autorizada debe presentar el certificado de defunción del titular y verificar que la potencia contratada de servicio sea la correcta; en caso contrario, deberá ajustarla a las nuevas necesidades de la vivienda.
¿Cómo debe solicitar el cambio de titular del contrato de luz?
Si bien el tramite debe realizarse en las oficinas de la empresa que suministra el servicio, también puede hacerse vía telefónica o por internet, y para ello se deben seguir los siguientes pasos:
- Presentarse o llamar a la compañía con la que se desea realizar el contrato de suministro de luz.
- Suministrar los datos del antiguo propietario de inmueble y del nuevo dueño, la dirección de la vivienda, el número de cuenta bancaria para domiciliar el pago, el código CUPS y la potencia a contratar.
- Espera a que llegue la siguiente factura de luz para corroborar que el cambio se haya realizado de forma efectiva.
¿Se puede cambiar el titular de la luz sin consentimiento o cuando existe deuda?
El cambio de nombre en el recibo de luz debe realizarlo el titular del inmueble, en el caso de las personas que están alquiladas, tienen derecho a que el recibo aparezca su nombre, pues por el hecho de ser un gasto individualizado no requiere del consentimiento del arrendador; sin embargo, debe disponer de un contrato de alquiler y de los datos completos del propietario del inmueble.
En el caso de las deudas, si existen se encuentran asociadas al punto de suministro, por lo que, al realizar el cambio de titular, pasan a ser su responsabilidad, lo ideal es que el titular anterior realice un cambio sin subrogación, de esta manera, la deuda quedará asociada a la persona y no al inmueble.
Para ello es necesario suministrar a la compañía que presta el servicio, la copia del contrato donde consta la fecha del alquiler o compra se la vivienda para verificar el monto de la deuda existente.
Cambiar de titularidad en el contrato de suministro de agua
Lo primero que se debe hacer antes de realizar el cambio del titular del servicio es revisar toda la instalación de agua, para comprobar que no existan fugas o que el contador no esté funcionando correctamente.
Una vez que se ha verificado que todo se encuentra funcionado correctamente, entonces se puede proceder a realizar el cambio de titular en la empresa que suministra el servicio de agua.
Para realizar el cambio de nombre se deben suministrar los siguientes documentos:
- El formulario donde se encuentre la lectura del contador y la dirección del inmueble donde se presta el servicio.
- Los datos personales completos del nuevo titular y los datos personales completos del anterior titular del contrato.
- Presentar el Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS).
- Consignar fotocopia del NIF o el NIE de todos los firmantes de la nota.
- Fotocopia del documento que acredite el derecho al uso, goce y disfrute del inmueble (documento de compraventa, contrato de alquiler, nota simple).
- Datos de la cuenta bancaria donde se va a domiciliar el servicio.
El cambio de titularidad del servicio de agua varía en cada ciudad, la media de este trámite se encuentra entre los 50 euros y 100 euros, por concepto de fianza para cubrir probables impagos, la cual será devuelta una vez finalizado el contrato. El coste del cambio como tal es gratuito.
Cambiar de titularidad en el contrato de suministro de gas
Al igual que cuando se realiza un cambio de titular del servicio de agua, es importante tomar las debidas precauciones previas a realizar el trámite; es decir, es necesario estar seguros que la instalación se encuentra en perfecto estado y que no existe ningún tipo de fuga, para ello se debe contratar a un técnico experto que lleve a cabo la inspección.
La finalidad de esta revisión es evitar que ocurra cualquier accidente en el inmueble que pueda poner en riesgo la salud y la vida de las personas que la habitan y de los que se encuentran alrededor de la vivienda.
Una vez comprobado que las instalaciones se encuentran en perfecto estado es necesario suministrar a la compañía encargada de prestar el servicio, la siguiente documentación:
- El Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS) del inmueble.
- La dirección exacta donde se encuentra el punto de suministro.
- Los datos personales completos del titular del inmueble.
- Los datos personales completos del anterior titular del inmueble.
- Los datos de la cuenta bancaria donde se va a domiciliar el pago del servicio.
- El documento de compraventa del inmueble o el contrato de arrendamiento
- Consignar la fotocopia del DNI o NIE del propietario.
Cambiar de titularidad en el contrato de teléfono o de Internet
Cuando se adquiere una propiedad lo más lógico es que todos los servicios se encuentren a nombre del nuevo propietario y la telefonía y el internet no son la excepción, pues normalmente los antiguos dueños, continúan con el mismo número de línea y simplemente trasladan el servicio a su nuevo hogar.
Aunque este tipo de tramite muchos no lo consideran como fundamental, es importante contar con este servicio a día de hoy en el nuevo domicilio, por ello el cambio de titular e incluso el cambio de compañía resulta imprescindible y para ello es necesario suministrar la siguiente documentación:
- El número de contrato para el caso en que se cambie de domicilio.
- Datos personales del nuevo titular.
- Los datos personales del titular anterior.
- La dirección exacta del inmueble.
¿Quién debe asumir los costes de los cambios de suministro?
En líneas generales, el comprador del inmueble, el inquilino, el sucesor o el cónyuge beneficiado, es quien debe asumir cualquier gasto de trámite por cambio de titularidad en el suministro de los servicios del inmueble; sin embargo, en algunos casos dicho trámite puede ser objeto de negociación cuando el mismo beneficie a las partes involucradas.