Normativa de la Comunidad de vecinos<\/span><\/h3>\nCada comunidad de vecinos<\/b> cuenta con unas normas, las cuales deben ser respetadas por todos sus habitantes de acuerdo con la Ley de propiedad Horizontal, independientemente que sean propietarios o inquilinos. Generalmente establecen las infracciones, las responsabilidades pertinentes y las pautas de acci\u00f3n.<\/p>\nLey de propiedad Horizontal<\/span><\/h3>\nDe acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 7.2 al propietario o al ocupante del piso no se les permite desarrollar en \u00e9l o en las \u00e1reas comunes del inmueble, cualquier actividad que este prohibida en los estatutos, las cuales puedan resultar da\u00f1osas para los dem\u00e1s miembros de la finca o contravenga lo dispuesto sobre actividades molestas, nocivas, peligrosas, insalubres o il\u00edcitas.<\/p>\n
Ley de Arrendamiento Urbano<\/span><\/h3>\nLa realizaci\u00f3n de actividades que puedan causar molestias por parte de inquilino<\/b> se encuentran establecidas en el art\u00edculo 7.2 de dicha Ley, la cual expresa que de cometer unan acto que perturbe la tranquilidad, puede motivar a la finalizaci\u00f3n del contrato de alquiler.<\/p>\nHasta que hora se puede hacer ruido y cu\u00e1les son los decibeles permitidos<\/span><\/h2>\nExiste una normativa en las comunidades que establecen el horario permitido para una determinada cantidad de decibeles, sin que esto suponga alg\u00fan problema; exceder lo que all\u00ed se determina tendr\u00eda consecuencias para las personas que habitan en el inmueble.<\/p>\n
Estos l\u00edmites var\u00edan de acuerdo a la comunidad aut\u00f3noma donde se habita; sin embargo, en l\u00edneas generales se establecen de la siguiente manera:<\/p>\n
Ruidos entre semana<\/span><\/h3>\nLa norma establece que se puede hacer ruido de lunes a viernes en horario comprendido de 08:00 a 21:00 horas, y para el uso de maquinarias solo se permite de 08:00 a 20:00 horas.<\/p>\n
Ruido el fin de semana<\/span><\/h3>\nEl horario de ruido permitido para los fines de semana es de 09:30 a 21.00 horas los s\u00e1bados y domingos.<\/p>\n
M\u00e1ximos decibelios permitidos<\/span><\/h3>\nEn horario diurno ser\u00e1 permitido un m\u00e1ximo de 35db y en horario nocturno el m\u00e1ximo permitido se encuentra entre los 25 y 30 decibelios.<\/p>\n
Para tener una mejor idea de los decibelios los niveles de ruido se pueden clasificar de la siguiente manera:<\/p>\n
\n- De 0 a 30 decibelios<\/b>: Se refiere a los ruidos muy bajos como, por ejemplo, una conversaci\u00f3n en voz baja o las pisadas en el suelo.<\/li>\n
- De 31 a 60 decibelios<\/b>: Este tipo de sonido es mucho m\u00e1s agudo y corresponder\u00eda b\u00e1sicamente al tono de conversaciones normales o a un despacho tranquilo.<\/li>\n
- De 61 decibelios en adelante<\/b>: Son ruidos molestos los cuales pueden ser desde el tr\u00e1fico de una ciudad congestionada hasta el despegar de un avi\u00f3n, por citar algunos ejemplos.<\/li>\n
- Multas<\/span><\/li>\n<\/ul>\n
Las multas por el incumplimiento de la normativa establecida en cuanto al horario y los decibelios, depender\u00e1 de la Comunidad Aut\u00f3noma. En l\u00edneas generales la multa puede oscilar los 3.000 euros f\u00e1cilmente.<\/p>\n
\u00bfQu\u00e9 debemos hacer cuando los vecinos hacen mucho ruido?<\/span><\/h2>\nAntes de llegar a medidas extremas como llamar a la polic\u00eda o aplicar cualquiera de los art\u00edculos que la Ley prev\u00e9 para este tipo de situaciones, es necesario mantener la calma y establecer las siguientes acciones.<\/p>\n
Establecer si el ruido es ocasional o constante<\/span><\/h3>\nEn ocasiones las personas realizan celebraciones en el interior del inmueble olvidando por completo los horarios y el tipo de ruido que pueden hacer para no molestar la tranquilidad y el descanso de los vecinos. Es por ello que deben establecerse los factores por los cuales se gener\u00f3 el ruido excesivo y la frecuencia con que ello ocurre.<\/p>\n
Esto se debe a que no es lo mismo usar una aspiradora en horarios inapropiados semanalmente que hacer una fiesta un fin de semana; en cualquier caso, lo ideal es tratar de ser emp\u00e1tico con la persona y valorar si el ruido producido es ocasional y justificado o es una situaci\u00f3n que se repite con intenci\u00f3n de molestar.<\/p>\n
Tratar de resolver la situaci\u00f3n por la v\u00eda amistosa<\/span><\/h3>\nLo ideal es establecer comunicaci\u00f3n con las personas que habitan el inmueble de forma tranquila, explic\u00e1ndole la situaci\u00f3n y tratando de llegar a un acuerdo.<\/p>\n
En el caso de que los habitantes sean inquilinos, el propietario tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de mediar para poner fin a la situaci\u00f3n, record\u00e1ndole las normas de convivencia y estableciendo las consecuencias que pod\u00edan traerle en caso de que contin\u00fae tal comportamiento.<\/p>\n
Dialogar con el presidente de la comunidad y exponerle la situaci\u00f3n<\/span><\/h3>\nLamentablemente existen vecinos con los cuales no es posible hablar y mucho menos razonar, por lo que, si este es el caso, lo recomendado es hablar con los dem\u00e1s vecinos afectados para posteriormente exponerle la situaci\u00f3n al administrador o al presidente de la comunidad, para que este se encargue de mediar con el vecino ruidoso y se tomen las medidas correctivas que sean necesarias para ponerle fin a la situaci\u00f3n de forma definitiva.<\/p>\n
\u00bfSe puede denunciar a un vecino ruidoso?<\/span><\/h2>\nUna vez que se agota la v\u00eda pacifica, se debe acudir a las fuerzas de seguridad, por lo que se aconseja seguir los siguientes pasos.<\/p>\n
Llamar a la polic\u00eda<\/span><\/h3>\nLo recomendado es comunicarse con la polic\u00eda o la guardia civil para que los agentes puedan medir el nivel de ruido del infractor y constatar que efectivamente perturba la tranquilidad y el descanso de los vecinos.<\/p>\n
Denunciar al vecino en el ayuntamiento<\/span><\/h3>\nEn la junta municipal es posible solicitar un mediador para que intervenga en el conflicto y con ello agotar todas las v\u00edas posibles antes de llegar a una demanda.<\/p>\n
Interponer una demanda civil<\/span><\/h3>\nUna vez agotada toda mediaci\u00f3n posible, lo que corresponde es interponer una demanda civil ante el juzgado, exigiendo el cese del problema y una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os psicol\u00f3gicos y emocionales ocasionadas por el ruido molesto del vecino.<\/p>\n
Para ello, es necesario asesorarse con un profesional y contar con un abogado para la presentaci\u00f3n de la demanda.<\/p>\n
\u00bfEl propietario puede tener problemas en caso de que no haga nada al respecto?<\/span><\/h2>\nLa ley prev\u00e9 que el propietario est\u00e1 en la obligaci\u00f3n de poner fin a la situaci\u00f3n molesta que est\u00e1 generando su inquilino, de hecho, en el caso de que este no actu\u00e9 con diligencia oportuna, los vecinos podr\u00edan interponer una demanda al propietario por las actividades realizadas por su inquilino, las cuales perturban a tranquilidad de los vecinos y no se ajustan a lo establecido en la normativa de convivencia de la comunidad.<\/p>\n
Problemas por goteras en el piso del vecino<\/span><\/h2>\nOtro de los casos comunes son las goteras<\/b> que provienen del vecino. Las cuales generan un serio problema en la estructura de los pisos; esta situaci\u00f3n se percata cuando un d\u00eda observamos que en el techo hay una mancha de humedad, que con el paso del tiempo puede llegar a convertirse en una verdadera cascada de agua.<\/p>\n\u00bfQu\u00e9 se pude hacer cuando tenemos una gotera que proviene de la casa del vecino?<\/span><\/h2>\nObviamente el primer paso que debemos dar es comunicarle al vecino para tratar de determinar si la filtraci\u00f3n de agua proviene de su inmueble, si la misma es su responsabilidad o, por el contrario, la fuga es responsabilidad de la instalaci\u00f3n de la comunidad.<\/p>\n
Lo que se debe tener presente es que si la gotera parte de un \u00e1rea com\u00fan de la comunidad ser\u00e1 ella quien deba afrontar los costes de reparaci\u00f3n, de all\u00ed la importancia de establecer con certeza quien tiene la responsabilidad absoluta del da\u00f1o generado por la filtraci\u00f3n de agua.<\/p>\n
En el caso de que la responsabilidad sea del vecino pro omisi\u00f3n o negligencia de su parte se tiene dos probabilidades ciertas:<\/p>\n
\n- Que el vecino sea consiente del da\u00f1o ocasionado y de parte a su seguro para que se encargue de reparar el da\u00f1o y perjuicio ocasionado por la gotera.<\/li>\n
- Que el vecino no se haga responsable del da\u00f1o causado y el seguro tenga que cubrir los costes de reparaci\u00f3n para posteriormente establecer un juicio por da\u00f1os y perjuicios en contra del vecino que se neg\u00f3 a reparar el da\u00f1o.<\/li>\n<\/ul>\n
En cualquiera de los casos, lo recomendado es asesorarse con un experto<\/b> para determinar, primero la magnitud del da\u00f1o y segundo el coste de reparaci\u00f3n que implica. Para que cualquiera de los dos, es necesario contar con fotos o videos que acredite el lugar de donde proviene la gotera y la magnitud de la misma.<\/p>\n
Lo mejor es llegar a un acuerdo amigable con el vecino para que este asuma los gastos de reparaci\u00f3n y no exista posteriormente ninguna rencilla que pueda producir incomodidad; sin embargo, puede darse el caso de no conseguir una soluci\u00f3n por la v\u00eda amigable, por lo que siempre se tiene la opci\u00f3n de establecer un litigio jur\u00eddico, que puede llevar a una demanda judicial, un proceso bastante engorroso que puede terminar en un acto conciliatorio o en un juzgado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
Tener problemas con los vecinos es m\u00e1s com\u00fan de lo que uno puede llegar a creer, pues la convivencia entre personas por naturaleza es bastante compleja. Las comunidades de vecinos suelen tener ciertas normas que deben cumplirse y de all\u00ed surge la interrogante de que se puede hacer cuando hay vecinos que no la cumplen […]<\/p>\n","protected":false},"author":223,"featured_media":24919,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[154],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25168"}],"collection":[{"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/223"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25168"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25168\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":25169,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25168\/revisions\/25169"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/24919"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25168"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25168"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bemadrid.es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25168"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}