¿Qué hacer si tienes problemas con tus vecinos en un piso de alquiler?
Tener problemas con los vecinos es más común de lo que uno puede llegar a creer, pues la convivencia entre personas por naturaleza es bastante compleja. Las comunidades de vecinos suelen tener ciertas normas que deben cumplirse y de allí surge la interrogante de que se puede hacer cuando hay vecinos que no la cumplen y provocan molestias a la comunidad.
Por ejemplo, muchas comunidades de vecinos sufren el problema del ruido, la estadística señala que uno de cada 5 personas está expuesto a niveles de ruido que resultan perjudiciales, de acuerdo a la Agencia Europea de Medio Ambiente; para el año 2020 el 22 % de los hogares sufre de ruidos molestos causados por un vecino de acuerdo a la información suministrada por el INE.
La interrogante es ¿Qué podemos hacer cuando la molestia y el exceso de ruido lo produce un vecino que esta alquilado en la vivienda?
Existen una serie de mecanismos que se pueden aplicar a cualquier vecino ya sea propietario o inquilino cuando exceden y violentan alguna norma de convivencia, es por ello, que la importancia de conocer los derechos y los deberes para vivir tranquilamente en comunidad, puede ahorrarnos muchos problemas y solucionar los que se presenten.
Cuando se alquila un inmueble puede darse el escenario de las personas que van a habitarlo sean desagradables, tanto para el propietario como para los vecinos, debido a que pueden resultar personas ruidosas, conflictivas y que no muestren el mínimo respeto a los principios básicos de convivencia. Para este problema existen algunas soluciones que están amparadas por la Ley y que toda persona debe conocer.
Problemas por vecinos ruidosos
Uno de los problemas más común en las comunidades de vecinos son las personas ruidosas, que exceden el horario y los decibeles permitidos sin que esto les suponga un dolor de cabeza, perturbando el descanso y la tranquilidad de la comunidad.
Son muchas las cosas que pueden hacerse para evitar esta situación, por ello es importante tener la información precisa de los derechos y deberes de propietarios e inquilinos para solventar este tipo de situaciones y mediante la puesta en práctica de algunos procedimientos, recuperar la tranquilidad necesaria para vivir en comunidad en paz y con mucho confort.
Normativa aplicable para vecinos ruidosos
El dialogo y la mediación siempre deben ponerse en práctica antes de aplicar cualquier tipo de medida; y para aquellas ocasiones en que no se llegue a un acuerdo conciliatorio para que cese la molestia, entonces es importante recordar que la constitución protege el derecho al descanso.
Dependiendo del caso, acudiremos a diferentes instancias, por ejemplo, si el vecino que ocasiona la molestia tiene un contrato de alquiler, lo primero que debe hacerse es acudir al propietario del inmueble, pues es el responsable de la conducta de sus inquilinos; en caso de que a pesar del llamado de atención continúe la situación molesta, los vecinos afectados podrán aplicar el artículo 27 de la Ley de Arrendamiento urbano.
Si el vecino tiene el piso en propiedad, será el administrador de la finca quien pueda recurrir a la Ley de Propiedad Horizontal, específicamente al artículo 7 que permite instar de forma escrita al vecino para que ponga fin a la situación que le causa molestia a los demás integrantes de la finca. En cualquiera de los casos, las Leyes a las cuales se puede recurrir son las siguientes:
Normativa de la Comunidad de vecinos
Cada comunidad de vecinos cuenta con unas normas, las cuales deben ser respetadas por todos sus habitantes de acuerdo con la Ley de propiedad Horizontal, independientemente que sean propietarios o inquilinos. Generalmente establecen las infracciones, las responsabilidades pertinentes y las pautas de acción.
Ley de propiedad Horizontal
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 al propietario o al ocupante del piso no se les permite desarrollar en él o en las áreas comunes del inmueble, cualquier actividad que este prohibida en los estatutos, las cuales puedan resultar dañosas para los demás miembros de la finca o contravenga lo dispuesto sobre actividades molestas, nocivas, peligrosas, insalubres o ilícitas.
Ley de Arrendamiento Urbano
La realización de actividades que puedan causar molestias por parte de inquilino se encuentran establecidas en el artículo 7.2 de dicha Ley, la cual expresa que de cometer unan acto que perturbe la tranquilidad, puede motivar a la finalización del contrato de alquiler.
Hasta que hora se puede hacer ruido y cuáles son los decibeles permitidos
Existe una normativa en las comunidades que establecen el horario permitido para una determinada cantidad de decibeles, sin que esto suponga algún problema; exceder lo que allí se determina tendría consecuencias para las personas que habitan en el inmueble.
Estos límites varían de acuerdo a la comunidad autónoma donde se habita; sin embargo, en líneas generales se establecen de la siguiente manera:
Ruidos entre semana
La norma establece que se puede hacer ruido de lunes a viernes en horario comprendido de 08:00 a 21:00 horas, y para el uso de maquinarias solo se permite de 08:00 a 20:00 horas.
Ruido el fin de semana
El horario de ruido permitido para los fines de semana es de 09:30 a 21.00 horas los sábados y domingos.
Máximos decibelios permitidos
En horario diurno será permitido un máximo de 35db y en horario nocturno el máximo permitido se encuentra entre los 25 y 30 decibelios.
Para tener una mejor idea de los decibelios los niveles de ruido se pueden clasificar de la siguiente manera:
- De 0 a 30 decibelios: Se refiere a los ruidos muy bajos como, por ejemplo, una conversación en voz baja o las pisadas en el suelo.
- De 31 a 60 decibelios: Este tipo de sonido es mucho más agudo y correspondería básicamente al tono de conversaciones normales o a un despacho tranquilo.
- De 61 decibelios en adelante: Son ruidos molestos los cuales pueden ser desde el tráfico de una ciudad congestionada hasta el despegar de un avión, por citar algunos ejemplos.
- Multas
Las multas por el incumplimiento de la normativa establecida en cuanto al horario y los decibelios, dependerá de la Comunidad Autónoma. En líneas generales la multa puede oscilar los 3.000 euros fácilmente.
¿Qué debemos hacer cuando los vecinos hacen mucho ruido?
Antes de llegar a medidas extremas como llamar a la policía o aplicar cualquiera de los artículos que la Ley prevé para este tipo de situaciones, es necesario mantener la calma y establecer las siguientes acciones.
Establecer si el ruido es ocasional o constante
En ocasiones las personas realizan celebraciones en el interior del inmueble olvidando por completo los horarios y el tipo de ruido que pueden hacer para no molestar la tranquilidad y el descanso de los vecinos. Es por ello que deben establecerse los factores por los cuales se generó el ruido excesivo y la frecuencia con que ello ocurre.
Esto se debe a que no es lo mismo usar una aspiradora en horarios inapropiados semanalmente que hacer una fiesta un fin de semana; en cualquier caso, lo ideal es tratar de ser empático con la persona y valorar si el ruido producido es ocasional y justificado o es una situación que se repite con intención de molestar.
Tratar de resolver la situación por la vía amistosa
Lo ideal es establecer comunicación con las personas que habitan el inmueble de forma tranquila, explicándole la situación y tratando de llegar a un acuerdo.
En el caso de que los habitantes sean inquilinos, el propietario tendrá la obligación de mediar para poner fin a la situación, recordándole las normas de convivencia y estableciendo las consecuencias que podían traerle en caso de que continúe tal comportamiento.
Dialogar con el presidente de la comunidad y exponerle la situación
Lamentablemente existen vecinos con los cuales no es posible hablar y mucho menos razonar, por lo que, si este es el caso, lo recomendado es hablar con los demás vecinos afectados para posteriormente exponerle la situación al administrador o al presidente de la comunidad, para que este se encargue de mediar con el vecino ruidoso y se tomen las medidas correctivas que sean necesarias para ponerle fin a la situación de forma definitiva.
¿Se puede denunciar a un vecino ruidoso?
Una vez que se agota la vía pacifica, se debe acudir a las fuerzas de seguridad, por lo que se aconseja seguir los siguientes pasos.
Llamar a la policía
Lo recomendado es comunicarse con la policía o la guardia civil para que los agentes puedan medir el nivel de ruido del infractor y constatar que efectivamente perturba la tranquilidad y el descanso de los vecinos.
Denunciar al vecino en el ayuntamiento
En la junta municipal es posible solicitar un mediador para que intervenga en el conflicto y con ello agotar todas las vías posibles antes de llegar a una demanda.
Interponer una demanda civil
Una vez agotada toda mediación posible, lo que corresponde es interponer una demanda civil ante el juzgado, exigiendo el cese del problema y una indemnización por daños psicológicos y emocionales ocasionadas por el ruido molesto del vecino.
Para ello, es necesario asesorarse con un profesional y contar con un abogado para la presentación de la demanda.
¿El propietario puede tener problemas en caso de que no haga nada al respecto?
La ley prevé que el propietario está en la obligación de poner fin a la situación molesta que está generando su inquilino, de hecho, en el caso de que este no actué con diligencia oportuna, los vecinos podrían interponer una demanda al propietario por las actividades realizadas por su inquilino, las cuales perturban a tranquilidad de los vecinos y no se ajustan a lo establecido en la normativa de convivencia de la comunidad.
Problemas por goteras en el piso del vecino
Otro de los casos comunes son las goteras que provienen del vecino. Las cuales generan un serio problema en la estructura de los pisos; esta situación se percata cuando un día observamos que en el techo hay una mancha de humedad, que con el paso del tiempo puede llegar a convertirse en una verdadera cascada de agua.
¿Qué se pude hacer cuando tenemos una gotera que proviene de la casa del vecino?
Obviamente el primer paso que debemos dar es comunicarle al vecino para tratar de determinar si la filtración de agua proviene de su inmueble, si la misma es su responsabilidad o, por el contrario, la fuga es responsabilidad de la instalación de la comunidad.
Lo que se debe tener presente es que si la gotera parte de un área común de la comunidad será ella quien deba afrontar los costes de reparación, de allí la importancia de establecer con certeza quien tiene la responsabilidad absoluta del daño generado por la filtración de agua.
En el caso de que la responsabilidad sea del vecino pro omisión o negligencia de su parte se tiene dos probabilidades ciertas:
- Que el vecino sea consiente del daño ocasionado y de parte a su seguro para que se encargue de reparar el daño y perjuicio ocasionado por la gotera.
- Que el vecino no se haga responsable del daño causado y el seguro tenga que cubrir los costes de reparación para posteriormente establecer un juicio por daños y perjuicios en contra del vecino que se negó a reparar el daño.
En cualquiera de los casos, lo recomendado es asesorarse con un experto para determinar, primero la magnitud del daño y segundo el coste de reparación que implica. Para que cualquiera de los dos, es necesario contar con fotos o videos que acredite el lugar de donde proviene la gotera y la magnitud de la misma.
Lo mejor es llegar a un acuerdo amigable con el vecino para que este asuma los gastos de reparación y no exista posteriormente ninguna rencilla que pueda producir incomodidad; sin embargo, puede darse el caso de no conseguir una solución por la vía amigable, por lo que siempre se tiene la opción de establecer un litigio jurídico, que puede llevar a una demanda judicial, un proceso bastante engorroso que puede terminar en un acto conciliatorio o en un juzgado.